Parió a su beba en el baño de la cárcel, la asfixió, pero fue absuelta
La mujer de 36 años está presa en un penal de Azul por otro caso. En 2022, la acusaron de asfixiar a su hija recién nacida con sus propias manos y estuvo al borde de afrontar otro juicio.
El Juzgado de Garantías N°2 de Azul sobreseyó a una mujer que estaba sospechada de matar a su beba después de parir en el baño de su celda, donde está detenida por otra causa. La acusaron de asfixiar a su hija recién nacida con sus propias manos y estuvo al borde de afrontar otro juicio, pero la Justicia entendió que es inocente y resolvió el caso con perspectiva de género.
El caso ocurrió el 4 de octubre del 2022, en el pabellón 3 de la Unidad Penitenciaria N°52 de Azul. Cerca de la 1 de la madrugada, cuando todos dormían, C. L. L., de 36 años, empezó a sentir dolores de panza y vio que estaba teniendo una hemorragia. Se levantó, caminó lentamente hacia el baño. Según su declaración, no llegó a sentarse en el inodoro y "expulsó" lo que ella pensó que era un feto. "Creí que estaba muerto", señaló en su testimonial. Sin embargo, la beba aún seguía con vida.
La acusada en ese momento dijo que sintió "mucho miedo" y que quedó "en shock", ya que no sabía que estaba embarazada. "No tuve ningún síntoma", reconoció. Entonces, se sacó el pantalón de jogging y envolvió a la pequeña, todo con base en su declaración. Mientras tanto, seguía perdiendo mucha sangre, así que llamó a su compañera de celda y le pidió que le pasara un short. Se cambió y le dijo que pusiera el pantalón manchado con sangre en un balde, y así lo hizo. Siempre estuvo convencida de que había tenido un aborto espontáneo.
Apenas 17 minutos estuvo con vida la beba, pero cuando las demás presas dieron aviso al personal del Servicio Penitenciario Bonaerense, ya había muerto. Por ese motivo, las autoridades del penal llamaron a la Delegación Departamental de Investigaciones diciendo que una reclusa había dado a luz, que la beba falleció "en circunstancias dudosas". Por ese motivo, se abrió una investigación que llevó dos años en concluirse.
Una muerte "dudosa" y un fallo con perspectiva de género
La fiscal de Instrucción de la UFI N°24, María Viceconte, pidió la elevación a juicio por "homicidio agravado por el vínculo" a principios de junio, después de que las pericias forenses determinaran que la causal de muerte fuera por "asfixia por sofocación por colusión de orificios respiratorios posterior al parto", es decir, que falleció producto de haberle tapado la nariz, voluntaria o involuntariamente.
La defensa de la acusada se opuso al requerimiento fiscal y detalló los motivos. Por un lado, apeló que no se pudo determinar si la asfixia "fue accidental u homicida". Tampoco se advirtieron lesiones traumáticas.
A su vez, manifestó que los informes médicos que se le practicaron, tanto los psicológicos como los psiquiátricos, conducen a un "trato discriminatorio hacia las mujeres", mediante el sostenimiento de estereotipos a los que se les asigna expectativas como las del rol de "buena madre" detrás de la muerte de un recién en nacido.
También cuestionó la acusación de la fiscalía, que señaló que la acusada sabía supuestamente de su embarazo. "Ella declaró que no tuvo síntomas de embarazo", sostuvo el abogado. Esto lo probó con los mensajes que la mujer le mandó a un familiar inmediatamente de haber parido, en donde le decía asombrada que había "expulsado un bebé".
A su vez, criticó la "omisión penitenciaria de garantizar el acceso temprano a prestaciones de salud sexual y reproductiva", y la falta de atención ginecológica dentro de los penales bonaerenses. Para eso, recurrió a un Habeas Corpus, que fue acompañado por una presentación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Por último, el abogado sostuvo que el hecho de que la beba haya muerto porque tuvo los orificios nasales tapados no indica que la mujer lo haya hecho voluntariamente, sino que podría haber sido como consecuencia de una obstrucción provocada por la placenta, ya que tuvo un "parto avalancha", o pudo haber sido provocado por estar envuelta en un pantalón.
Al respecto, el juez de Garantías Federico Antonio Barberena evaluó las pruebas que se incorporaron al expediente y falló a favor de la defensa, sobreseyendo a la acusada. En primer lugar, tuvo en cuenta los "graves indicadores de vulnerabilidad interseccional", sostuvo que se trata de "una madre de 4 hijos con problemas de salud preexistentes", que está en contexto de encierro con "notorios déficits de atención médica", y que sufrió "violencia de género por su entonces pareja".
En ese sentido, tuvo en consideración "se trata de una mujer que dio a luz en un contexto de encierro que -al margen de si sabía o no que estaba embarazada- resulta innegable que no tuvo controles ginecológicos de rutina y que, el día del hecho, alumbró sin asistencia médica -o de otro tipo-en el baño de su celda". Remarcó además que el Servicio Penitenciario Bonaerense "desatendió su salud".(TN)