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La Anmat amplía la venta libre de medicamentos para tratamientos gástricos: cuáles son

La nueva normativa permite la venta sin receta de medicamentos como omeprazol y pantoprazol, en presentaciones de hasta 40 mg.

Redacción Nuevo Día
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) amplió la venta libre de varios medicamentos para tratamientos gástricos, permitiendo que ahora se comercialicen sin receta presentaciones de mayor concentración. Estas modificaciones se oficializaron bajo la disposición 8227/2024, publicada recientemente en el Boletín Oficial.

Entre los medicamentos afectados por esta disposición se encuentran el omeprazol, esmoprazol, pantoprazol y lansoprazol, todos en su presentación de monodroga. Previamente, en abril, estos compuestos ya habían sido habilitados para su comercialización sin receta médica, pero bajo concentraciones menores que oscilaron entre 10 mg y 20 mg. Con la nueva normativa, la concentración máxima permitida para la venta libre de estos medicamentos se ha incrementado a 40 mg.

Además del aumento en la concentración permitida, la resolución establece que las presentaciones de estos medicamentos, en formas farmacéuticas orales sólidas como comprimidos y cápsulas, no podrán exceder los 30 comprimidos y/o cápsulas por envase. Esta medida asegura un control más preciso sobre el acceso y uso de estos medicamentos, promoviendo su uso responsable y adecuado.

La medida se enmarca dentro del cumplimiento de la Resolución M.S. N° 284/2024, que encargó a la Anmat la revisión de la condición de venta de ciertas especialidades medicinales, y contempla la posibilidad de declarar como de venta libre aquellas de demostrada calidad y seguridad, que no presenten efectos adversos graves tras haber estado en el mercado bajo receta durante al menos cinco años. El organismo, como parte de esta iniciativa, publicó un listado con 22 IFAs organizados en diversos grupos terapéuticos para ser evaluados.

La Anmat justificó la ampliación de estos parámetros argumentando que la Dirección de Investigación Clínica y Gestión del Registro de Medicamentos evaluó favorablemente las concentraciones ahora autorizadas, las cuales no habían sido consideradas en normativas anteriores. Asimismo, la disposición excluye la condición de venta libre para las formas farmacéuticas pediátricas que contengan cualquier tipo de inhibidor de la bomba de protones.

Esta decisión se enmarca dentro de una serie de cambios introducidos por el Gobierno nacional, orientados a facilitar el acceso a ciertos medicamentos y fomentar la automedicación responsable bajo ciertos límites y condiciones. Esta ampliación específica de la venta libre busca mejorar la accesibilidad de tratamientos básicos para molestias gástricas, consideradas comunes y recurrentes en la población.

Estos cambios reflejan una tendencia de las autoridades sanitarias a balancear la accesibilidad y el control sanitario, promoviendo el bienestar general sin comprometer la seguridad del paciente. La ampliación de la venta libre de estos medicamentos permitirá a los usuarios enfrentar de manera más ágil y efectiva sus afecciones gástricas sin la necesidad inmediata de consultar a un profesional de la salud, siempre que se respeten las dosis y recomendaciones establecidas.

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