PRÉSTAMOS

Créditos de hasta $20.000.000: quiénes pueden acceder y cómo solicitarlos

Toda la información sobre los créditos disponibles en torno a este monto, sus requerimientos y las tasas de interés vigentes.

Redacción Nuevo Día
Redacción Nuevo Día
eldiarionuevodia@hotmail.com

Los préstamos personales son una alternativa financiera que permite a las personas acceder a fondos para diversos fines, como cubrir gastos imprevistos, consolidar deudas o hacer compras de alto costo.

En octubre de 2024, el  Banco Nación ofrece créditos cuyos montos y plazos de pago ya están definidos.

El préstamo del Banco Nación

Banco Nación ofrece un préstamo de hasta $25.000.000 a pagar en 60 meses para personas en relación de dependencia que perciban sus haberes en la entidad, mediante acreditación por el Sistema Nacional de Pagos.

El monto máximo del crédito no puede superar el 35% de los ingresos netos mensuales. El porcentaje de afectación se realizará al tomar como base la primera cuota del préstamo calculada para 30 días. También se tienen en cuenta otras deudas que el solicitante pueda tener en el BNA u otras entidades financieras, lo que asegura la sostenibilidad del pago.

En cuanto a los costos, el préstamo tiene una Tasa Nominal Anual (TNA) del 49%, una Tasa Efectiva Anual (TEA) del 61,65% y un Costo Financiero Total expresado en TEA (CFT TEA) del 78,38%.

Para pedir el crédito de hasta $25.000.000 del Banco Nación es necesario seguir los siguientes pasos:

  • Iniciá sesión en BNA+ en la sección "Tu Banco" a través de la app o web.
  • Seleccioná la opción "Préstamos" y hacé clic en el signo "+".
  • Eligí el préstamo del Plan Sueldo de $25.000.000, especificá el monto deseado, el destino y la cantidad de cuotas.
  • Validá todos los datos ingresados para asegurarte de que son correctos.
  • Confirmá y envía tu solicitud para finalizar el proceso y esperar la aprobación.

Por su parte, los requisitos son los siguientes:

  • Personas humanas cuya edad al término del préstamo no supere la edad prevista para acogerse al régimen jubilatorio.
  • Empleados que perciban sus haberes a través de un convenio de pago de haberes con el Banco Nación.
  • Contratados en relación de dependencia y contratados por locación de servicios que perciban sus honorarios a través de una cuenta abierta en el Banco Nación.
  • Personas que perciban sus haberes mediante acreditación por intermedio del Sistema Nacional de Pagos.
  • Todos los solicitantes deben aceptar expresamente que la cuota del préstamo se debite automáticamente de la cuenta habilitada para el cobro de sus haberes.(TN)
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