Santa Cruz: la ley del gobierno provincial que fue suspendida por la justicia y que fue aprobada por la legislatura
La Asociación de la Magistratura y Función Judicial (AMFJ) solicitó una medida cautelar contra la Ley N°3859, que regula el enjuiciamiento a las magistraturas inferiores y el funcionariado de los Ministerios Públicos, y la justicia le dio el visto bueno. Esta norma fue enviada por el Ejecutivo y aprobada por los diputados, aunque la asociación ya había advertido que era inconstitucional.
El pasado 11 de julio la justicia dictó una medida cautelar contra la Ley N°3859, es decir, suspendió la vigencia de esta norma que regula el enjuiciamiento a las magistraturas inferiores y el funcionariado de los Ministerios Públicos (Tribunal de Enjuiciamiento).
La medida cautelar fue solicitada por la Asociación de la Magistratura y Función Judicial (AMFJ) quiénes entendían que dicha ley contenía "artículos y conceptos que son contrarios tanto a la Constitución Nacional como a la Provincial, tal como se planteara al momento de interponer la Acción de Inconstitucionalidad correspondiente", señaló el comunicado emanado por la comisión directiva de la AMFJ.
La ley, enviada por el Ejecutivo había sido aprobada por la Cámara de Diputados de Santa Cruz, y la asociación mencionada había pedido que sus opiniones sean tenidas en cuenta, aunque no fueron debidamente escuchadas por las comisiones de la legislatura, además de que indicaron que hubo "imposibilidad de dialogo con el Poder Ejecutivo Provincial".
La asociación señaló que cómo fue aprobada la ley, implicaba un riesgo debido a "la inseguridad jurídica que implica su puesta en funcionamiento".
Luego de esta medida cautelar, la Asociación de la Magistratura y Función Judicial procederá a instaurar una acción de inconstitucionalidad de la ley.
POR QUÉ LA LEY SERÍA INCONSTITUCIONAL
Algunos puntos por los cuales la ley sería inconstitucional:
-La norma que fue suspendida y que permite a cualquier ciudadano acusar a un magistrado funcionario, elimina la instancia administrativa y la denuncia recae directamente sobre la legislatura provincial.
-Además, la nueva norma cambia el funcionamiento del Tribunal de Enjuiciamiento. Originalmente este tribunal funciona en el poder judicial y la secretaria, que es ejercida por uno de los secretarios del tribunal Superior de Justicia. Sin embargo, con la nueva ley, la secretaria funciona en la legislatura provincial y es designada por mayoría de los diputados, y removido por mayoría. En síntesis, lo que antes dependía de la justicia, ahora depende de una votación de los legisladores. lo que afecta la independencia del poder judicial.
-La ley suspendida, le otorga la facultad a esta secretaria de archivar o no una denuncia. Esto significaría que un magistrado y/o funcionario judicial trabajaría con el temor de que algunas decisiones afecten al poder político y por ende sean denunciados y destituidos, lo que va en contra de la estabilidad, imparcialidad que son garantías establecidas en la Constitución para quienes integran el poder judicial.
-La norma afecta el debido proceso, el derecho a defensa. Además incluye dentro de los causales de destitución el no haber reunido los requisitos para ocupar el cargo que se ocupa,
-No es clara en cuanto a las causales de enjuiciamiento, con incisos que detallen qué conductas pueden implicar ser enjuiciadas. Se trata de una "ley abierta" por lo que se puede establecer cualquier causal.