Monotributo 2024: mirá las personas que no están obligadas a pagarlo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó cambios en el monotributo actual, la cuota fija que contiene impuestos y aportes para la jubilación junto a la obra social. Debido a estos cambios, algunos quedarán exentos de pagarlo.
Está enmarcado en la Ley 27.743 denominada "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" aprobada en el mes de junio por el Congreso nacional y que es una herramienta esencial para el organismo tributario que conduce Florencia Mishari.
Uno a uno los grupos que no deberán pagar el Monotributo
Las siguientes personas que no deberán abonar este incremento en el noveno mes del año serán las siguientes:
-Trabajadores independientes promovidos
-Asociados a cooperativas: están exentos siempre que sus ingresos brutos no superen el máximo establecido para la categoría A.
-Locadores de bienes inmuebles: quienes se dediquen exclusivamente al alquiler de inmuebles (sin importar el destino del bien) y mantengan en locación no más de dos propiedades
-Inscriptos en el Registro Nacional de Efectores: mientras sus ingresos brutos no excedan los valores de la categoría A, no deben pagar el impuesto.
-Productores primarios: aquellos cuya actividad principal sea el cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate o té, y cuyos ingresos brutos no superen los valores de la categoría D, quedan exceptuados.