CRÍTICA

La diputada Nieto cuestionó a la Asociación de Magistrados por frenar la aplicación de una ley que aprobó la legislatura de Santa Cruz

En un comunicado, la legisladora apuntó contra la medida cautelar que dispuso la justicia, luego de la presentación que hizo la Asociación de Magistrados y que suspendió la Ley N° 3859 que regula el funcionamiento del Tribunal de Enjuiciamiento.

Redacción Nuevo Día
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"Entendemos que el Poder Judicial de la Provincia invade la esfera del Poder Legislativo en su reservada zona de actuación, lo que, a nuestro entender, consiste en una cuestión institucional de suma gravedad", señaló la diputada Adriana Nieto, al recordar que "se presentó una medida cautelar "innovativa" que suspende la aplicación de la Ley 3.859 que regla el Tribunal de Enjuiciamiento de magistrados y funcionarios del Poder Judicial. ¿Cuál es la finalidad de quienes presentan esta cautelar?"

Indicó que "ante el interrogante de por qué los magistrados y funcionarios entienden que el "pueblo" desde su lugar, que es la Cámara de Diputados, el sitio donde prestan funciones sus representantes elegidos en la urna por el voto popular, no es el lugar indicado para juzgarlos, ni por qué motivo el secretario Permanente del Tribunal de Enjuiciamiento que debe ser elegido por la Cámara de Diputados, no es el idóneo para llevar adelante los trámites de denuncias de un juez o funcionario judicial, no encuentra una respuesta lógica, solo nos abre la posibilidad de entender que los magistrados se arrogan la suma del poder público"

Expuso que "la ciudadanía tiene que despertar respecto de la Justicia Provincial, esta es una oportunidad histórica, y hay que tener dimensión de ello; llegan a las funciones o magistraturas, quienes tienen cuña o pertenecen a la casta judicial, y no aquellos que tienen la condición y la idoneidad", y que "los magistrados intentan continuar con el status quo, del proceso previsto por la ley 28, que se aplicó que se aplicó hasta la vigencia de la nueva ley del Tribunal de Enjuiciamiento, para permanecer hasta hoy, sin ningún jury a magistrados y funcionarios ¿Será que acaso que no hubo denuncias?", planteó. 

QUÉ PLANTEAN LOS MAGISTRADOS 

Como publicó Nuevo Día, el pasado 11 de julio la justicia dictó una medida cautelar contra la Ley N°3859, es decir, suspendió la vigencia de esta norma que regula el enjuiciamiento a las magistraturas inferiores y el funcionariado de los Ministerios Públicos (Tribunal de Enjuiciamiento).

La medida cautelar fue solicitada por la Asociación de la Magistratura y Función Judicial (AMFJ) quiénes entendían que dicha ley contenía "artículos y conceptos que son contrarios tanto a la Constitución Nacional como a la Provincial, tal como se planteara al momento de interponer la Acción de Inconstitucionalidad correspondiente", señaló el comunicado emanado por la comisión directiva de la AMFJ.

La ley, enviada por el Ejecutivo había sido aprobada por la Cámara de Diputados de Santa Cruz, y la asociación mencionada había pedido que sus opiniones sean tenidas en cuenta, aunque no fueron debidamente escuchadas por las comisiones de la legislatura, además de que indicaron que hubo "imposibilidad de dialogo con el Poder Ejecutivo Provincial".

La asociación señaló que cómo fue aprobada la ley, implicaba un riesgo debido a "la inseguridad jurídica que implica su puesta en funcionamiento".

Luego de esta medida cautelar, la Asociación de la Magistratura y Función Judicial procederá a instaurar una acción de inconstitucionalidad de la ley.

POR QUÉ LA LEY SERÍA INCONSTITUCIONAL

Algunos puntos por los cuales la ley sería inconstitucional:

-La norma que fue suspendida y que permite a cualquier ciudadano acusar a un magistrado funcionario, elimina la instancia administrativa y la denuncia recae directamente sobre la legislatura provincial.

-Además, la nueva norma cambia el funcionamiento del Tribunal de Enjuiciamiento. Originalmente este tribunal funciona en el poder judicial y la secretaria, que es ejercida por uno de los secretarios del tribunal Superior de Justicia. Sin embargo, con la nueva ley, la secretaria funciona en la legislatura provincial y es designada por mayoría de los diputados, y removido por mayoría. En síntesis, lo que antes dependía de la justicia, ahora depende de una votación de los legisladores. lo que afecta la independencia del poder judicial.

-La ley suspendida, le otorga la facultad a esta secretaria de archivar o no una denuncia. Esto significaría que un magistrado y/o funcionario judicial trabajaría con el temor de que algunas decisiones afecten al poder político y por ende sean denunciados y destituidos, lo que va en contra de la estabilidad, imparcialidad que son garantías establecidas en la Constitución para quienes integran el poder judicial.

-La norma afecta el debido proceso, el derecho a defensa. Además incluye dentro de los causales de destitución el no haber reunido los requisitos para ocupar el cargo que se ocupa,

-No es clara en cuanto a las causales de enjuiciamiento, con incisos que detallen qué conductas pueden implicar ser enjuiciadas. Se trata de una "ley abierta" por lo que se puede establecer cualquier causal.


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